
EXPLICACIÓN DE LA PROPOSICIÓN 65

PROPUESTA 65
&
MI SALUD
La Ley de Agua Potable Segura y Control de Tóxicos de 1986, codificada en las secciones 25249.5 y siguientes del Código de Salud y Seguridad de California (conocida como “Proposición 65”), se convirtió en una ley pionera y de amplia influencia donde los ciudadanos del Estado de California declararon su derecho a “ser informados sobre la exposición a sustancias químicas que causan cáncer, defectos de nacimiento u otros daños reproductivos ”. Proposición 65, § 1(b). Para lograr este objetivo, el Código de Salud y Seguridad, § 25249.6, exige que se proporcione a los consumidores una “advertencia clara y razonable” antes de ser expuestos a sustancias listadas por el Estado de California como causantes de cáncer o toxicidad reproductiva .
El Código de Salud y Seguridad, sección 25249.6 establece que “[n]inguna persona, mientras realiza actividades comerciales, deberá, consciente e intencionalmente, exponer a otra persona a una sustancia química que el estado reconoce como causante de cáncer o toxicidad reproductiva sin antes dar una advertencia clara y razonable a dicha persona…”
Según el sitio web del Fiscal General de California, "los litigios de la Proposición 65 han identificado preocupaciones específicas sobre la exposición a sustancias químicas y han dado lugar a reformas regulatorias que benefician la salud pública a nivel estatal y nacional".

COSTOS DE
INCUMPLIMIENTO
Como resultado de un litigio, al infractor se le puede ordenar que:
Deje de cometer la violación
Pagar multas civiles de hasta $2,500 por día por cada infracción, pagadas en un 75% al Fiscal General de California, 25% al agente encargado de hacer cumplir la ley, utilizando la fórmula (ver la sección "Sanciones legales - Fórmula" más arriba).
Pagar los costos de investigación previa a la NOV y al litigio, compras, envío, pruebas y procesamiento
Costos de litigio
Honorarios de expertos
honorarios de abogados
La cooperación del demandado para corregir la infracción es un factor que el tribunal debe considerar al determinar las sanciones. La línea de defensa es otro factor que ha demostrado ser influyente en los tribunales, ya que la infracción implica, en gran medida, argumentos sólidos de ética y responsabilidad corporativa.

¿QUÉ ES?
EXPOSICIÓN
¿A LAS TOXINAS?
Una exposición a una sustancia química en un producto de consumo es aquella “que resulta de la adquisición, compra, almacenamiento, consumo u otro uso razonablemente previsible de un bien de consumo por parte de una persona, o cualquier exposición que resulte de recibir un servicio al consumidor”. (Cal. Code Regs., tit. 27, § 25602, subd. (b).) El Código de Regulaciones de California, título 27, sección 25603, subdivisión (c) establece que “una persona en el curso de hacer negocios… deberá proporcionar una advertencia a cualquier persona a quien se le venda o transfiera el producto a menos que el producto esté empaquetado o etiquetado con una advertencia clara y razonable.
La Proposición 65 dispone que cualquier persona que viole o amenace con violar la ley podrá ser objeto de una orden de alejamiento ante un tribunal competente. (Código de Salud y Seguridad, § 25249.7). La frase "amenazar con violar" se define como la creación de una situación en la que exista una probabilidad sustancial de que se produzca una violación. (Id., § 25249.11, subd. (e).) Los infractores serán pasibles de sanciones civiles de hasta $2,500 por día por cada violación de la Ley. (Id., § 25249.7, subd. (b).)

PRE-
LITIGIO
ASENTAMIENTO
La gran mayoría de los casos de la Proposición 65 se resuelven antes del litigio (ver más aquí) . Las razones son obvias: un acuerdo rápido evita publicidad negativa, puede salvar canales de venta minorista y distribución, y ahorra enormemente tiempo y dinero al demandado.
Después de recibir la NOV, un presunto infractor tiene 60 días para proporcionar a un agente del orden sus cifras de ventas verificadas y aceptar por escrito los términos estándar (consulte los términos principales en la sección "Etapa VII" aquí) .
En caso de juicio, el demandado perdedor paga todos los costos prelitigantes y litigantes, así como los honorarios de los peritos y abogados del demandante. El demandado pagará sanciones civiles mucho mayores (véase la sección "Sanciones Estatutarias - Fórmula" más arriba) al Fiscal General de California, ya que las sanciones estatutarias continúan acumulándose durante el litigio y se contabilizarán por cada día de infracción desde un año antes del NOV hasta la fecha del veredicto o la sentencia por consentimiento. Además, la cooperación del demandado para corregir la infracción y la línea de defensa son factores que el tribunal considerará al determinar las sanciones.

ESTATUTARIO
SANCIONES-
FÓRMULA
Los infractores de la ley (fabricantes, minoristas, distribuidores y titulares de marcas) están sujetos a sanciones civiles de hasta $2,500 por día por cada infracción de la Ley. (Id., § 25249.7 subd. (b).) Se aplican sanciones civiles de hasta $2,500 por día por cada lata/paquete/unidad individual vendida, que se pagan en un 75% al Fiscal General de California y un 25% a la autoridad competente, utilizando la siguiente fórmula:
$2,500 x latas/paquetes/unidades vendidas x 365 días x años desde un año antes de NOV hasta la fecha de la decisión judicial (o acuerdo).
Para calcular sanciones justas y equitativas, los encargados de hacer cumplir la ley utilizan una tabla comparativa con datos históricos de sanciones pasadas pagadas por otros acusados (piense en las "Directrices de Sentencia").
La violación se evalúa en función de los niveles de toxicidad, las cifras de ventas, la determinación del acusado y su capacidad para retirar rápidamente productos peligrosos del mercado o colocar advertencias, su voluntad de cooperar, la línea de defensa y su controversia ética, incluida la posición del acusado sobre la responsabilidad corporativa.

NO
MORDAZA
PEDIDOS
En los casos en que la defensa de un supuesto infractor consiste en justificar cantidades excesivas de toxinas en sus productos, algunos agentes han optado por intensificar su papel de protección del público y publicar en los medios de comunicación los resultados de sus pruebas y la información pública sobre las prácticas de abastecimiento y fabricación de los acusados.
Comparten sus hallazgos en conferencias de prensa y comunicados de prensa, y actualizan a los medios sobre el desarrollo del caso.
Los acusados pueden encontrar que los tribunales se muestran reacios a limitar a los agentes públicos encargados de hacer cumplir la ley, que actúan en su capacidad legítima de vigilantes de la salud pública, al expresar sus preocupaciones sobre el área de su especialización (la salud pública) y al entregar información vital sobre alimentos peligrosos y productos de consumo que siguen encontrando en los supermercados durante los largos litigios.